Wednesday, August 7, 2013

LA VOZ DEL PUEBLO Para hacer publicidad a transnacionales en pleno templo le sobra astucia a Monseñor

Tras cuatro años, TSE aún no cierra caso por homilía de obispo sobre temas políticos

La predicó monseñor Francisco Ulloa en setiembre del 2009 durante la Pasada de la Virgen de los Ángeles
Tribunal espera firmar esta semana la resolución final

 

En mayo del 2010 el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dio a conocer una resolución para que el obispo de Cartago, Francisco Ulloa, se abstuviera "de hacer llamados  a no votar por candidatos o candidatas que, a su juicio, no compartan los valores de la fe católica", actualmente el caso no se ha cerrado y al obispo ni siquiera se le ha definido de cuánto es el pago de daños y perjuicios que aquella resolución dictó.
Lo anterior surgió cinco meses antes de las elecciones presidenciales del 2010, cuando en una homilía emitida durante la Pasada de la Virgen de los Ángeles Ulloa instó a los feligreses a no votar por candidatos "que niegan a Dios y defienden principios que van contra la vida, contra el matrimonio y contra la familia".
Ello en referencia a un proyecto que se tramitaba en la Asamblea Legislativa para sacar la Palabra de Dios de la Constitución Política y eliminar la religión católica como la del Estado, según el artículo 75 de la Constitución.
Aunque la sentencia inicial redactada por la magistrada Zetty Bou declaró con lugar un recurso de amparo contra Ulloa, lo cierto es que aún no está claro si la alocución de Ulloa se ajusta al término "propaganda política" que menciona el artículo 28 de la Constitución Política el cual al cierre dice "No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas".
El letrado del TSE Juan Luis Rivera informó que se indaga si procede un cobro de multa por infracción a esa normativa. Añadió que el asunto no se ha resuelto aún y lo tiene el Registro Electoral.
Por su parte el director de Registro Electoral, Héctor Fernández, dijo que la inspección electoral les pasó el procedimiento administrativo con una recomendación, pero no se ha firmado todavía.
El TSE no ha establecido una multa contra el obispo Ulloa.
El TSE no ha establecido una multa contra el obispo Ulloa. (Archivo) ampliar

"Hasta la fecha no se ha multado al obispo y el fallo se fundamenta en las normas en que se presentó la denuncia, que van muy dirigidos a los partidos políticos".
Afirmó que esa resolución se aplicó en un caso específico y no significa una mordaza para los clérigos. "Lo que hay que analizar es qué es propaganda y qué no es propaganda, esos son conceptos que ya el Tribunal y la Sala Constitucional han delimitado".
El letrado Rivera es del criterio de que el hecho de que un obispo haga un llamado referido al voto tiene un impacto fuerte y por su condición de líder religioso influye en quienes lo escuchan.
"Aquí lo que hay es una defensa de los derechos fundamentales como lo es el de elegir libremente. Se estaba dando una orden de votar en determinado sentido, eso está prohibido", por eso se declara con lugar el recurso de amparo, acotó Rivera.