Friday, February 13, 2015

[GUASABARAeditor] Notas sobre reelección - #AgendaGlobal de José Alejandro @AyusoJoseA

Agenda Global 
Por José Alejandro Ayuso
13 Feb 2015 jayuso@equidad.org.do e-mail: redaccion[@]elnacional.com.do
Notas sobre reelección
Tema recurrente en la política vernácula, en las últimas semanas la reelección presidencial adquiere carácter de reclamo popular. La más reciente encuesta Gallup-Hoy reafirma la tendencia: la mayoría absoluta de la ciudadanía del país, un 65.7%, favorece la reforma de la Constitución de la República para que el presidente Danilo Medina pueda repostularse para un segundo mandato consecutivo. Veamos análisis ajenos y propios sobre un tema de la mayor trascendencia nacional.
En su columna del 6/12/2014, la aguda y reputada periodista Inés Aizpún divide los “reeleccionistas” en tres grupos diferenciados. Unos, los de “corazón, que son los que ven injusto que un presidente (no importa las siglas) que esté haciendo bien su tarea no pueda repostularse”. Están los “ocasionales”, que “sólo apoyan la reelección si es la de Danilo Medina”, por motivos personales, no ideológicos.
Y están los “reeleccionistas por descarte” que, independientemente del partido de su preferencia, piensan en que los principales candidatos en el 2016 serían dos ex presidentes a los que la reforma constitucional del 2010 salvó del “nunca jamás” y prefieren “que cambien la Constitución, y se reelija Danilo”.
La lúcida y laureada analista política Rosario Espinal, resalta en su columna del 11/2/2015 dos elementos que arrojan luz a la discusión. Uno, que en la profunda reforma constitucional del 2010 considerada por algunos como una “revolución democrática”, la agenda oculta fue volver al sistema de la reelección diferida para habilitar expresidentes que hoy aspiran nueva vez. Y dos, “que en países de fuerte tradición caudillista como es el dominicano, la mejor opción es permitir una repostulación inmediata y nunca jamás”.
Reitero que en mi accionar público he estado de acuerdo con este sistema porque el Presidente que hace un gobierno con gran aceptación popular en un primer mandato nunca requeriría, si ha demostrado ser un estadista, utilizar los resortes del Gobierno para ganar las elecciones y gobernar un segundo cuatrienio. Además, su retiro forzado luego de ocho años permitirían, como bien expresa la Espinal, “la circulación del liderazgo político, un componente esencial del sistema democrático”.
El presidente de la Junta Central Electoral anunció al país que para reformar el art. 124 constitucional se requiere del “referendo aprobatorio” del art. 272 que, al tratarse de una “ratificación popular” en que se consulta a todo el cuerpo electoral (casi la misma logística que la de unas elecciones generales) costaría una millonada al erario. De inmediato hubo reacciones, unas más doctas que otras, y está en la palestra una discusión técnico-jurídica sobre cuál es el procedimiento de reforma aplicable de los dos previstos por la Constitución.
La dogmática constitucional apunta a que agravar el mecanismo de reforma del art. 124 con uno de democracia directa no sería exigible en este caso, aún se tratare de modificar un derecho que es a la vez un principio fundamental de la democracia representativa: el de “elegir y ser elegibles”.
Es evidente que eliminar el “no podrá ser electo para el período constitucional siguiente” ampliará los derechos de participación política tanto del Presidente como de los electores en el 2016. Y ese tipo de reforma, en una Constitución abierta a los derechos fundamentales como la nuestra, no requiere de referendo aprobatorio.
http://elnacional.com.do/agenda-global-219/


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Publicado por GUASABARAeditor para GUASABARAeditor el 2/13/2015 09:30:00 a. m.

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